Convocatoria de subvenciones para el apoyo y fomento de acciones educativas complementarias a la educación formal, 2017/2018
Objeto del procedimiento:
Financiación de actuaciones para impulsar el desarrollo de acciones en materia de educación no formal, fomentando así el acceso de grupos de menores y jóvenes en igualdad de oportunidades, conforme los objetivos que se detallan a continuación; todo ello, orientado a conseguir los fines que se establecen en el art. 2 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.
Destinatarios:
Entidades socioeducativas y/o culturales, sin ánimo de lucro, siempre que en los fines de las mismas, y conforme a sus Estatutos, esté recogido la promoción de la educación, la equidad, la promoción y fomento de los idiomas, la prevención de la salud, la mediación intercultural, la participación o el voluntariado, la prevención del absentismo escolar, del acoso escolar o la prevención del riesgo social, entre otros de índole eminentemente educativa
Plazos de presentación de la solicitud y documentación (ambos inclusive):
Fecha de inicio del plazo de presentación: 17/08/2017
Fecha de fin del plazo de presentación: 30/08/2017
Al día siguiente de la publicación en el BOP.
Requisitos para el inicio o trámite del procedimiento:
Presentación de la solicitud
Legislación general:
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.[894.69 Kb][19.nov.2013]
- Real Decreto 887/206, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.[628.24 Kb][19.nov.2013]
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas[1.14 Mb][20.oct.2016]
- Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local[277.48 Kb][05.abr.2013]
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales[1.07 Mb][20.jun.2014]
- Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo Insular de Gran Canaria, publicada en el BOP de Las Palmas nº 166 de fecha 26 de diciembre de 2008.[164.21 Kb][19.nov.2013]
- Convocatoria de subvenciones para el apoyo y fomento de acciones educativas complementarias a la educación formal, 2017/2018. (BOP)[63.31 Kb][16.ago.2017]
- Convocatoria de subvenciones para el apoyo y fomento de acciones educativas complementarias a la educación formal, 2017/2018[170.02 Kb][16.ago.2017]
Proyectos a subvencionar y actuaciones subvencionables:
Actuaciones para impulsar el desarrollo de acciones en materia de educación no formal.
Observaciones:
La validez de la información que aquí se recoge es orientativa, por lo que no tiene carácter oficial, para más información consulte la convocatoria publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 98, miércoles 16 de agosto de 2017 y las bases de la Convocatoria que regulan este procedimiento.
Las distintas notificaciones a que dé lugar este procedimiento administrativo se efectuarán en la página web de esta Corporación Insular (www.grancanaria.com) y en la de la Consejería de Educación y Juventud (www.grancanariajoven.es).
NOVEDADES EN EL PROCEDIMIENTO
Para ver las últimas novedades del procedimiento, presione en la pestaña Seguimiento.
Relación de documentación necesaria para el inicio o tramitación del procedimiento:
La solicitud deberá formalizarse conforme al modelo del Anexo I, y vendrá firmada por el representante legal de la asociación o entidad socioeducativa y/o cultural.
La presentación de la solicitud implica la aceptación de la subvención en caso de resultar beneficiario de la misma, salvo desistimiento o renuncia expresa de ésta.
No se tramitará más de una solicitud por solicitante. En el caso de que se hubiera presentado más de una en plazo y por el solicitante no se ejerciera opción o renuncia a alguna o algunas, se tomará en consideración y tramitará, únicamente, la presentada en el último lugar dentro del
plazo habilitado al efecto.
A la solicitud se acompañará la siguiente documentación, original o copia, conforme a la legislación vigente:
- C.I.F. y estatutos sociales de la entidad.
- D.N.I. del representante legal de la asociación o entidad solicitante.
- Certificado acreditativo de estar debidamente inscritos en el correspondiente Registro Público.
- Memoria del proyecto de la acción educativa o actividad formativa a realizar, conforme los apartados del modelo normalizado (Anexo II).
- Declaración responsable, en el modelo normalizado (Anexo III), de:
- No estar incurso en ninguna de las prohibiciones establecidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como, en caso de encontrarse obligado, de estar al corriente de pago en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
- Declarar el conjunto de las subvenciones, ayudas o ingresos de cualquier tipo solicitados para la misma finalidad y conceptos subvencionables, de cualesquiera otras personas o entidades públicas o privadas.
- Que no tiene pendiente de justificación subvención alguna concedida por el Cabildo de Gran Canaria.
- Certificado acreditativo o poderes de la representación con la que actúa la persona que suscribe la solicitud.
- Presupuesto del seguro de responsabilidad civil y de accidentes colectivos, que se suscribiría para el grupo de actuación con el que se va a desarrollar la acción o actividad educativa.
En el caso de que la acción o actividad educativa se desarrollen en un centro de enseñanza, bastará con acompañar certificado del Director/a del mismo que acredite que la póliza suscrita por el centro está en vigor y que quedan cubiertas las actividades extraescolares.
- Impreso oficial de Alta/Modificación a terceros, sólo en el caso de no encontrarse dado de alta en la correspondiente base de datos del Cabildo, o cuando se hayan modificado los datos consignados.
- Anexo I: Solicitud[93.67 Kb][16.ago.2017]
- Anexo II: Memoria inicial del proyecto educativo[184.95 Kb][16.ago.2017]
- Anexo III: Declaración Responsable[136.88 Kb][16.ago.2017]
- Anexo IV: A Memoria económica justificativa[256.63 Kb][16.ago.2017]
- Anexo V: B Memoria final del proyecto educativo[77.62 Kb][16.ago.2017]
VÍAS DE TRAMITACIÓN:
PresencialCómo iniciar el procedimiento:
Acorde con el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidos al Cabildo de Gran Canaria podrán presentarse en:
- Registro General y Registros Desconcentrados del Cabildo de Gran Canaria.
- Sede electrónica del Cabildo de Gran Canaria. (Para los trámites especificados en el catálogo de la sede)
- Otros lugares:
a) En los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Los registros electrónicos de todas y cada una de las Administraciones, deberán ser plenamente interoperables, de modo que se garantice su compatibilidad informática e interconexión, así como la transmisión telemática de los asientos registrales y de los documentos que se presenten en cualquiera de los registros.
- En cualquiera de las administraciones adheridas al Proyecto ORVE/SIR
- En cualquiera de las administraciones adheridas al Proyecto ORVE/SIR
Órgano de inicio:
Consejería de Recursos Humanos, Organización, Educación y Juventud
Leyenda
Órgano de resolución:
Consejería de Recursos Humanos, Organización, Educación y Juventud
Plazo de resolución:
La resolución definitiva de la convocatoria deberá dictarse en el plazo máximo de dos (2) meses, a contar desde la fecha de la publicación en el B.O.P.
Recursos:
Contra la presente convocatoria podrá interponerse RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN ante el Consejo de Gobierno Insular, en el plazo de UN (1) MES a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, o en su defecto, y en el plazo de DOS (2) MESES, contados de la misma forma, interponer directamente RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria.
Contra los actos definitivos en la vía administrativa, dictados por la Sra. Consejera de Recursos Humanos, Organización, Educación y Juventud para el desarrollo de la convocatoria, podrá interponerse por los/as interesados/as RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN ante el Consejo de Gobierno Insular, en el plazo de UN (1) MES a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Tablón de Anuncios de la Corporación, o en su defecto, y en el plazo de DOS (2) MESES, contados de la misma forma, interponer directamente RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria.
Listado de otras convocatorias: