Estancia en Albergues. Servicio de Medio Ambiente
Objeto del procedimiento:
Regular la utilización de los Albergues gestionados por el Cabildo de Gran Canaria.
Plazos de presentación de la solicitud y documentación (ambos inclusive):
Fecha de inicio del plazo de presentación: 01/01/2000
Fecha de fin del plazo de presentación: 31/12/2100
En cualquier momento durante todo el año, pero siempre siete (7) días antes del inicio de la estancia en el Albergue.
Requisitos para el inicio o trámite del procedimiento:
Podrán solicitar permisos para los albergues los representantes formales de Asociaciones o Colectivos (Culturales, Vecinales, Deportivos, Ecologista, Sociales), con personalidad jurídica propia, legalmente constituidos, sin fines lucrativos y centros escolares.
Legislación general:
- Normas generales para el uso de Albergues[41.75 Kb][01.dic.2006]
Observaciones:
Albergues disponibles:
-
Cortijo de Huertas: mínimo 25 y máximo 40 personas.
-
Albergue de Chira: mínimo 25 y máximo 40 personas.
-
La Palmita: mínimo 35 y máximo 42 personas.
NOVEDADES EN EL PROCEDIMIENTO
Para ver las últimas novedades del procedimiento, presione en la pestaña Seguimiento.
Relación de documentación necesaria para el inicio o tramitación del procedimiento:
Existe un modelo de solicitud normalizado, que se encuentra a disposición de los interesados en las dependencias del Servicio de Medio Ambiente (C/ Agustín Millares Carló 14, 1ª Planta, Las Palmas de Gran Canaria), en la Oficina de Información y Atención al Ciudadano (OIAC) (C/ Bravo Murillo nº 23 accediendo por la C/ Pérez Galdós. Planta baja del Edificio Anexo a la Casa Palacio, Las Palmas de Gran Canaria) o bien puede ser descargado directamente pulsando en el enlace.
VÍAS DE TRAMITACIÓN:
PresencialCómo iniciar el procedimiento:
Acorde con el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidos al Cabildo de Gran Canaria podrán presentarse en:
- Registro General y Registros Desconcentrados del Cabildo de Gran Canaria.
- Sede electrónica del Cabildo de Gran Canaria. (Para los trámites especificados en el catálogo de la sede)
- Otros lugares:
- a) En los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Los registros electrónicos de todas y cada una de las Administraciones, deberán ser plenamente interoperables, de modo que se garantice su compatibilidad informática e interconexión, así como la transmisión telemática de los asientos registrales y de los documentos que se presenten en cualquiera de los registros.
- a) En los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
- En cualquiera de las administraciones adheridas al Proyecto ORVE/SIR
Órgano de inicio:
Titular de la Consejería de Medio Ambiente
Leyenda
Órgano de resolución:
Titular de la Consejería de Medio Ambiente
Plazo de resolución:
En el momento de presentar solicitar la utilización del Albergue
Listado de otras convocatorias: